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OMIC | Fecha: 19/02/2007
ASPECTOS A TENER EN CUENTA A LA HORA DE ALQUILAR APARTAMENTOS
Alquileres de temporada

Aspectos que se tienen que tener en cuenta a la hora de alquilar apartamentos

El turismo residencial se ha convertido, durante los últimos años, en una alternativa de práctica creciente en Torremolinos, donde cada vez más turistas habituales y familias adquieren o alquilan una vivienda en la que pasan un período del año tan amplio como les resulta posible. Es el fenómeno del llamado turismo residencial, que en el caso de los alquileres es una contratación que se puede realizar ya sea usando los servicios de las agencias de viajes, inmobiliarias, así como entre particulares y porque no, a través de internet..



Los arrendamientos por temporada se encuentran regulados en la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos bajo el epígrafe Arrendamientos para uso distinto de la vivienda. Como estos contratos se rigen por lo que las partes acuerden en el mismo, la persona interesada debe informarse sobre el estado de la casa y leer con detenimiento las cláusulas del contrato, lo que vulgarmente se llama letra pequeña. El precio del alquiler es libremente pactado entre las partes interesadas; por ello no está de más hacerse un viaje de fin de semana para negociarlo y de paso comprobar in situ las características del lugar y de la vivienda.

Para el consumidor es importante tener en cuenta las diferencias existentes, de cara a ejercer derechos, entre las transacciones realizadas entre particulares y las que se realizan a través de un profesional, profesional que en Andalucía debe cumplir con lo establecido en el artículo 11del Decreto 218/2005 que establece que la información debe ser facilitada en el denominado Documento Informativo Abreviado, cuyo contenido incluirá entre otros:

Renta mensual y su forma de pago

Si existe intermediario, coste de su servicio

Plazo de vigencia del contrato a suscribir

La experiencia manifiesta que por lo general se realizan las transacciones entre particulares ; que a la vez son acuerdos generalmente verbales y que por lo tanto pueden generar situaciones de indefensión ya que la falta de un documento escrito da lugar a que sea complejo corroborar el incumplimiento de las condiciones supuestamente pactadas previamente respecto a aspectos de importancia como son las características de los apartamentos o la distancia real que los separa de la ansiada playa. Además tiene el problema que al tratarse de relaciones contractuales entre particulares no es posible, desde el punto de vista legal, la mediación de los servicios de consumo para solucionar los problemas que se puedan presentar.

Por regla general el principal motivo de queja e insatisfacción cuando se alquila una vivienda en la costa para pasar las vacaciones, además del estado del mobiliario y la falta de limpieza en la casa, es la escasa información que reciben los usuarios en cuanto a su entorno, urbanizaciones masificadas o sin accesos fáciles y seguros, o carentes de un buen servicio de vigilancia, dificultades de acceso para minusválidos y otras incidencias que pueden amargar las vacaciones a más de uno.

Los precios son también muy diversos y dependen tanto del lugar que se elija, de las condiciones de la vivienda, de las fechas y del sistema a través del cual se arriende... como de la suerte.


LO QUE NO SE DEBE OLVIDAR


1.- Antes de alquilar, es importante conocer quien es el arrendador por si surgen problemas en el arrendamiento.


2.- Es conveniente que el alquiler se formalice por escrito y que como mínimo consten el día y la hora en que se podrá disponer del inmueble, la ubicación exacta del mismo y que tipo de comodidades ( mobiliario y enseres) son de las que dispone . Igualmente es muy importante leer todas y cada una de las estipulaciones, especialmente la conocida como letra pequeña .


3- No se deje guiar solamente por las palabras, lo correcto es que se realice una visita previa para poder tener de esta forma un conocimiento real de lo que se va a alquilar.


4.- Si no fuera posible realizar una visita previa, para que el inquilino pueda ejercer sus derechos es importante saber cuáles son las dimensiones del piso, su cercanía respecto a la playa, a los lugares de ocio y a los transportes públicos.


5.- Es esencial conocer los equipamientos con los que cuenta: nevera, lavadora, batidora, cafetera... Así como la posibilidad de que la urbanización cuente con instalaciones propias: piscina, canchas deportivas, duchas, jardines. En el caso de los electrodomésticos en el momento de recepcionar la vivienda se recomienda comprobar su uso y conservación.


6.- Recuerde que el 28 de marzo de 1999 entró en vigor el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo y que por lo tanto solo tendrá seguridad de que dispondrá de este servicio, si los titulares de estas piscinas públicas cumplen las obligaciones que el decreto establece.


7.- Puede encontrarse con pseudo agencias inmobiliarias que ofrecen pisos en alquiler a muy bajo precio, pero en realidad luego solo dan información de alquileres a cambio de un importante pago. Desconfíe de los alquileres excesivamente baratos.
 
 
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