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OMIC
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| Fecha: 17/10/2006 |
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LA IMPORTANCIA DE LA PREVENCIÓN DE LA LEGIONELOSIS EN LOS SISTEMAS DE REFRIGERACIÓN Y AGUA SANITARIA |
En el verano de 1976 un suceso captó la atención pública: la aparición de un brote epidémico durante la convención anual de la Legión Americana, celebrada en un hotel de la ciudad de Filadelfia. Entre los 4.000 asistentes a la convención se detectaron 221 casos de neumonía que provocaron la muerte de 34 personas, como resultado de la exposición a un agente infeccioso no identificado. La enfermedad del legionario, como la bautizó rápidamente la prensa, supuso un reto para los investigadores. Pero no fue hasta el año siguiente cuando el Centro de Control de Enfermedades (CDC Center for Disease Control) identificó al agente causal denominándolo Legionella
El descubrimiento puso en marcha diversos estudios retrospectivos mediante los cuales se pudieron atribuir al nuevo agente los casos de brotes neumónicos ocurridos en décadas anteriores y que todavía permanecían inexplicados. El nuevo agente resultó ser una bacteria Gram negativa de forma bacilar, ubicuo en medios acuáticos naturales, lagos, ríos, arroyos, lodos, etc.; que también sobrevive en pequeñas cantidades en los sistemas potabilizadores de agua, pudiendo ser transportada con ella a los edificios donde puede colonizar las instalaciones de suministro de agua y los sistemas de acondicionamiento del aire. Las instalaciones que utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y se encuentren ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo, instalaciones industriales o medios de transporte que puedan ser susceptibles de convertirse en focos para la propagación de la legionelosis durante su funcionamiento. Atendiendo a esta circunstancia el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, establece los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la enfermedad. En su artículo 30, dice que: “los titulares y las empresas instaladoras de torres de refrigeración y condensadores evaporativos están obligados a notificar a la administración sanitaria competente, en el plazo de un mes desde su puesta en funcionamiento, el número y características técnicas de éstas, así como las modificaciones que afecten al sistema. Es por ello que los titulares también deberán notificar en el plazo ya citado de un mes el cese definitivo de la actividad de la instalación. Estas notificaciones se realizarán mediante el documento que se recoge en el anexo 1. Para ello, el Ayuntamiento de Torremolinos creó un Registro de este tipo de instalaciones, ubicadas en el término municipal, con el fin de recoger toda la información pertinente para su control. En el Anexos 3 de dicho Real Decreto se especifican cuales son los procedimientos a seguir para el mantenimiento de instalaciones interiores de agua caliente sanitaria y agua fría de consumo humano, y en el Anexo 4 para el mantenimiento de torres de refrigeración y condensadores evaporativos. Estos Anexos están divididos en tres partes, que abarcan su revisión, limpieza y desinfección así como tratamientos en caso de brote. La inspección Municipal de Sanidad y Consumo ofrece la posibilidad de evacuar las dudas y consultas que los vecinos, comerciantes, establecimientos de restauración, hoteles estimen precedentes, de cara a que todos los que estén obligados a realizar estos tratamientos lo realicen correctamente. Algunos consejos en viviendas particulares Atendiendo al requerimiento de información trasladadas a la OMIC del Ayuntamiento de Torremolinos, se trasladan a los vecinos unas serie de recomendaciones de cara a preservar la inocuidad de estos sistemas, sistemas que es oportuno recalcar no están sujetos a las obligaciones que el marco legal del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio establece. Son los siguientes. En primer lugar hay que destacar que el riesgo en domicilios y viviendas particulares es pequeño. Los sistemas de producción instantánea de agua caliente sin depósito (calentadores de gas) no conllevan riesgo alguno. Algunas medidas preventivas: Si dispone de un sistema de agua caliente centralizado: Prevea -individualmente o en comunidad- un programa de mantenimiento que incluya la limpieza de los tanques, y tratamientos anuales de carácter preventivo. Si tiene un termo eléctrico o caldera de gas con acumulación: Mantener siempre la temperatura del acumulador por encima de los 60º C. No lo apague en horario nocturno; asegúrese de que su funcionamiento es continuo. Si cuenta con depósitos, aljibes o tanques de reserva de agua para consumo humano: Compruebe en todo momento su estado, verificando que están limpios. Realice su mantenimiento con productos que cumplan la legislación de aguas de consumo. Tápelos con una cubierta impermeable. Disponga de un sistema con renovación continua de agua, con entrada, salida, rebosadero y purga. -Vigile que no estén expuestos a altas temperaturas. En los elementos terminales de la red (grifos, duchas...): Evite el uso de filtros y accesorios innecesarios. Si ya existen, extreme su limpieza. Emplee difusores de gota gruesa. Proceda, una vez al año, a la desinfección de los difusores y/o filtros (sumergiéndolos, por ejemplo, en un litro de agua con 10 gotas de lejía durante 30 minutos). Purgue semanalmente los grifos con baja utilización.
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